Cambio Climático


Las personas contra Shell: Un paso adelante hacia la justicia climática

El pasado 26 de mayo, el Tribunal del Distrito de La Haya, Países Bajos, emitió un fallo histórico. Ordenó que para 2030 la petrolera angloholandesa Shell —una de las principales productoras y proveedoras de combustibles fósiles a nivel mundial— reduzca sus emisiones de CO2 un 45%, en comparación con los niveles de 2019. La decisión es una respuesta a la demanda presentada en 2019 por Amigos de la Tierra, junto a otras seis organizaciones y más de 17.000 ciudadanos y ciudadanas de Holanda. Aunque en 2020 Shell se comprometió públicamente a la neutralidad de sus emisiones de gases de efecto invernadero para 2050, el tribunal holandés consideró que no era suficiente. Según el veredicto, la multinacional es responsable de sus propias emisiones de CO2 y de las de sus proveedores y clientes, que en conjunto amenazan el frágil equilibrio planetario y los derechos humanos. El fallo determina, por primera vez, que una empresa y sus subsidiarias deben alinear sus políticas con las metas globales de reducción de las emisiones de CO2. Fundamenta esta obligación en los objetivos de reducción de emisiones del Acuerdo de París, adoptado en 2015. Así, quienes litigaron contra Shell cumplieron su objetivo principal, que no era obtener compensación financiera por los daños causados, sino obligar a la petrolera a reducir sus emisiones en conformidad con la meta del Acuerdo de París de limitar el aumento de las temperaturas globales a 2°C en comparación con los niveles preindustriales y de continuar los esfuerzos para limitarlo a 1,5°C. El grupo Shell es consciente, desde hace unos 60 años, de los riesgos del cambio climático, como lo demuestra un documental producido por la misma empresa y filmado en los años noventa. Sin embargo, la multinacional responsable de nueve veces más emisiones que toda Holanda nunca frenó sus inversiones en combustibles fósiles, privilegiando intencionalmente sus intereses económicos a costa del ambiente, el clima y las personas. Revisa aquí la grabación del conversatorio que mantuvimos con Niels Hazekamp, Asesor Principal de Políticas en Both Ends, una de las organizaciones que demandó a Shell, donde nos cuenta detalles del litigio.   Un precedente mundial El fallo es un gran paso en el uso de los sistemas judiciales como herramientas para avanzar en la justicia climática y evidencia que la sociedad entera está más determinada que nunca a frenar los impactos negativos de las poderosas multinacionales en el ambiente, el clima y el goce de los derechos humanos fundamentales. Además, a pesar de haberse litigado en suelo europeo, el caso representa un paso significativo hacia la justicia climática global, ofreciendo una oportunidad interesante de réplica en América Latina y en el mundo. El caso no solo abrió la discusión sobre la responsabilidad climática de las empresas, sino que también fue pionero en incorporar en ella la utilización de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos y las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales. El uso de estos instrumentos, que regulan a las empresas multinacionales exigiéndoles respetar los derechos humanos, muestra su fuerte potencial en favor de la justicia climática a nivel mundial. El lenguaje del veredicto se basa principalmente en el respeto de los derechos humanos, abriendo así la posibilidad de aplicar el mismo razonamiento contra otras empresas contaminadoras, de acuerdo con las obligaciones establecidas en los instrumentos mencionados. Más sobre la sentencia En virtud del fallo, Shell debe reducir las emisiones netas de tipo 1, es decir las generadas por sus actividades y las de sus subsidiarias, y hacer un esfuerzo significativo para reducir las emisiones netas de tipo 2 y 3, que son aquellas generadas por los s del petróleo y gas producido por la multinacional. Para contabilizar la reducción neta de sus emisiones, la petrolera no puede recurrir a ninguna de las herramientas de captura o compensación de carbono establecidas bajo el Acuerdo de París, que consisten en capturar las emisiones de CO2 de las centrales eléctricas de carbón y gas, y de la industria pesada, para su almacenamiento subterráneo profundo o su reutilización. Cabe resaltar que, aunque no hay certeza sobre la naturaleza exacta de los impactos climáticos causados por Shell, las y los jueces resaltaron los riesgos universalmente reconocidos para comunidades y ecosistemas relacionados con la contaminación industrial y con las prioridades financieras de la empresa para fundamentar su sentencia. Las principales dudas y preocupaciones Las principales dudas tienen que ver con la implementación del fallo. Si bien el tribunal estableció que Shell no puede utilizar sistemas de compensación o de absorción de sus emisiones, no le obliga a terminar con la exploración, extracción y explotación de combustibles fósiles. Asimismo, la subjetividad de la sentencia no permite identificar exactamente el tipo de esfuerzo que podría considerarse significativo para la reducción de emisiones de los clientes de la petrolera. Tampoco existe claridad respecto de la responsabilidad del grupo Shell por la venta de sus refinerías a otras empresas públicas en el Sur Global, lo que permitiría a la multinacional cumplir con parte de la reducción de sus emisiones, mientras estas continúan en los sitios más vulnerables del planeta. Además de la utilización del Acuerdo de París, cuyos elementos asistieron a las y los jueces para fallar en favor del clima en este caso, se abre la puerta al uso de instrumentos existentes de soft law como los Principios Rectores de la ONU sobre empresas y Derechos Humanos u otros que se espera sean jurídicamente vinculantes para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales. Del mismo modo, considerando la dificultad y posible manipulación en el conteo de emisiones, se abren nuevos caminos para establecer obligaciones específicas a los actores que contaminan. Como recomendaron varias organizaciones de la sociedad civil, fundamentar la reducción de emisiones de las empresas en la medición de barriles de petróleo, metros cúbicos de gas y toneladas de carbono sería más fácil y útil para la implementación de sentencias exitosas como esta. Finalmente, preocupan los derechos de las y los trabajadores de Shell, que podrían verse negativamente afectados con la sentencia. La drástica reducción que tendrá que aplicar Shell a sus actividades basadas en petróleo y gas debe enmarcarse en un proceso de transición justo e inclusivo, que incluye respetar los derechos laborales y transformar sus actividades haciéndolas más sostenibles. El caso Las Personas vs. Shell deja valiosas herramientas para avanzar hacia la justicia climática y la rendición de cuentas de las empresas por sus daños al ambiente y a los derechos humanos. A quienes litigamos por el clima, el caso nos muestra la necesidad de fortalecer las capacidades de nuestros equipos, la importancia de la creatividad y del uso de la ciencia y de asegurar que contamos con el tiempo y con los recursos necesarios para llevar adelante casos emblemáticos y, por último, la relevancia de establecer alianzas que permitan aprovechar el momentum del que goza actualmente el movimiento mundial por la justicia climática.  

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Una Guía para Coordinadores del Observatorio del Fondo Verde del Clima-GCF Watch

Publicación dirigida a coordinadores del GCF Watch, iniciativa de la sociedad civil del Sur global orientada a mejorar el monitoreo de las operaciones del Fondo Verde del Clima (FVC), la principal entidad multilateral de financiamiento climático a nivel mundial.   DESCARGA LA GUÍA COMPLETAAspectos básicos del Fondo Verde del ClimaEl Fondo Verde del Clima (FVC) es la entidad operativa del mecanismo financiero de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). Como tal, otorga financiamiento a los países en desarrollo para proyectos y programas de mitigación y adaptación al cambio climático.Lee y descargaAutoridades nacionales designadas y puntos focales del fondo verde del climaLas Autoridades Nacionales Designadas (AND), instituciones gubernamentales, y los Puntos Focales (PF), funcionarios de dichas entidades, son responsables de todos los asuntos relacionados con el Fondo Verde del Clima (FVC) en los países en desarrollo. Representan al FVC y sirven de enlace o punto de o entre éste y los países.Lee y descargaLas propuestas de financiamiento ante el Fondo Verde del ClimaLas propuestas de financiamiento de proyectos y programas pueden clasificarse según diversos criterios: modalidad de , públicas o privadas, cantidad de fondos solicitados y categoría de riesgo.Lee y descargaGuía para revisar una propuesta de financiamiento ante el Fondo Verde del ClimaEl GCF Watch sumará los insumos obtenidos a las observaciones que la red de la sociedad civil entregará a la Junta Directiva del FVC. ¡Tus aportes serán parte del mensaje que se entregará a la Junta!Lee y deacargaEl Mecanismo de Reparación Independiente (IRM)El Mecanismo de Reparación Independiente (IRM por sus siglas en inglés) fue creado para responder a las quejas de personas, grupos o comunidades que se sientan afectadas negativamente por proyectos o programas financiados por el FVC, ante el incumplimiento de sus políticas y procedimientos operacionales, incluidas sus salvaguardas ambientales y sociales.Lee y descargaLas Entidades Acreditadas ante el Fondo Verde del ClimaEl financiamiento otorgado por el Fondo Verde del Clima (FVC) es canalizado a través de entidades acreditadas (EA), a cargo de gestionar los recursos y de implementar los programas y proyectos. Las EA deben garantizar que los proyectos o programas cumplan con las salvaguardas del FVC y supervisar dicho cumplimiento cuando la implementación recaiga en entidades ejecutoras.Lee y descargaGCF Watch: Una plataforma de la sociedad civil del Sur GlobalLa plataforma tiene como objetivo mejorar el monitoreo de las operaciones del FVC mediante la colaboración entre las organizaciones trabajando a nivel de la Junta Directiva del FVC y las organizaciones y comunidades de la región que están cerca de los territorios donde se implementan los proyectos apoyados por la entidad.Lee y descargaGlosario de términos útiles para el seguimiento al Fondo Verde del ClimaLee y descarga 

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Sesión 1 de la Serie Internacional de Seminarios Web del GCF Watch 2021

La plataforma del GCF Watch y una visión general de 2021 La supervisión efectiva del Fondo Verde del Clima (GCF por sus siglas en inglés) es vital para evitar daños y para que el tan necesario financiamiento climático sea usado de la mejor forma. El GCF Watch es una iniciativa de la sociedad civil, liderada desde el Sur Global, creada para mejorar el a información sobre el Fondo y permitir un mejor seguimiento y supervisión de sus operaciones. En esta serie internacional de tres seminarios web, expertos y expertas de todo el mundo hablaron del involucramiento que la plataforma del GCF Watch permite. También se discutió la información más reciente en torno al Fondo, las reuniones de su Junta Directiva y los asuntos principales de este año, así como la forma en la que personas y comunidades pueden involucrarse con el Fondo en sus países y regiones. En cada sesión hubo presentaciones seguidas de un espacio de debate abierto entre istas y personas asistentes. istasFlorencia Ortúzar, Abogada, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA): Introducción a la serie de seminarios web.Angelo Kairos de la Cruz, Director Ejecutuvo Adjunto, Instituto por el Clima y las Ciudades Sustentables (ICSC): La plataforma del GCF Watch.Erika Lennon, Abogada Sénior, Centro para el Derecho Ambiental Internacional (CIEL): Conclusiones de la 28ª reunión de la Junta Directiva y los principales temas de 2021.Moderadora: Bertha Argueta, Germanwatch. Grabación (en inglés) Presentaciones1. Angelo Kairos de la Cruz, Instituto por el Clima y las Ciudades Sustentables (ICSC):Presentación en francés 2. Erika Lennon, Centro para el Derecho Ambiental Internacional (CIEL):Presentación en francés 

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Minería en los Andes: Cobre, litio y transición energética

En este seminario virtual, discutimos cómo la transición energética está reconfigurando la demanda del cobre y el litio extraído en Bolivia, Chile y Perú. Abordamos además los potenciales retos económicos, políticos y ambientales de este nuevo ciclo extractivo.Nos acompañó como ista Lorena De la Puente Burlando, socióloga, magíster en Estudios Latinoamericanos que se ha especializado en gobernanza minera en los países andinos, y estudiante de doctorado en la University of California, Los Angeles (UCLA). Grabación Presentaciones1. Presentación introductoria: 2. Presentación de Lorena De la Puente Burlando: 

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Presión internacional para frenar el avance del fracking en Colombia

Gran parte de los gobiernos latinoamericanos continúa promoviendo actividades extractivas, entre ellas, la exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales mediante la técnica de fracturación hidráulica o fracking, como medida de reactivación económica ante la crisis provocada por la pandemia de COVID-19. Esta tendencia contradice los compromisos internacionales adoptados por estos países para la reducción de emisiones y la mitigación de la crisis climática global. Se espera que un informe de Naciones Unidas, que será publicado este mes, establezca que la reducción de emisiones de metano será fundamental para evitar los efectos más extremos del calentamiento del planeta. El informe se basa en datos recientes según los cuales los niveles de dióxido de carbono y de metano en la atmósfera registraron máximos históricos el año pasado pese a que la pandemia detuvo gran parte de la economía mundial. Esta información complementa la evidencia científica que demuestra que las emisiones de metano provenientes de la producción de gas y petróleo —una de sus mayores fuentes relacionadas con la actividad humana— pueden ser mayores que estimaciones previas. Este incremento ha sido asociado con la fuga y quema de metano en operaciones de fracking. Aunque el metano es un gas de efecto invernadero extremadamente potente, tiene una vida relativamente corta en la atmósfera, lo que implica que reducir sus emisiones podría ayudar al mundo a cumplir sus objetivos climáticos más rápidamente. Colombia es un ejemplo de cómo el impulso al fracking contradice la urgente necesidad de combatir la crisis climática y sus daños. Pese a que no es legal realizar operaciones de fracking en el país debido a que su reglamentación está suspendida temporalmente, el gobierno no ha detenido el desarrollo de proyectos piloto de esta técnica y continúa anclando su política energética en los hidrocarburos. Sin embargo, existe también un impulso nacional e internacional para detener el avance del fracking en ese país. Mientras el Consejo de Estado toma una decisión definitiva sobre la regulación, están en curso dos iniciativas legislativas, una que busca prohibir la implementación de la técnica del fracking en toda la nación y la otra prohibir la exploración y/o explotación de hidrocarburos no convencionales mediante cualquier técnica. En el marco del tratamiento parlamentario de ambos proyectos de ley, que se espera sean unificados, autoridades de Naciones Unidas y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) participaron de audiencias públicas en las que llamaron al Congreso a aprobar la ley para que Colombia avance hacia una transición energética justa y baja en emisiones. Argumentos para proteger el clima y a las personas En su intervención, David Boyd, Relator Especial de la ONU sobre derechos humanos y medio ambiente, se refirió a la crisis climática como “grave y sin precedentes”, resaltando que sus impactos en los derechos humanos afectan “desproporcionadamente a las personas pobres, vulnerables y marginadas”. En esa misma línea, Marcos Orellana, Relator Especial de la ONU sobre sustancias tóxicas y derechos humanos, expresó su preocupación por “la intención del Estado de Colombia de considerar la financiación y apoyo al fracking de combustibles fósiles”, considerando su potencial impacto en los derechos humanos y la sostenibilidad. Enfatizó que las "nuevas inversiones en fracking son incompatibles con la protección de los derechos humanos". De su lado, Renato Zerbini, presidente del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales —un órgano compuesto por 18 expertos independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales por sus Estados partes— resaltó que la fracturación hidráulica “tiene estrecha relación con múltiples y seguidas violaciones a los derechos humanos, ya que ocasiona impactos ambientales irreversibles y severas afectaciones sociales”. De ese modo, el uso de la técnica vulnera los derechos garantizados por el Pacto, del cual Colombia es parte, puntualizó Zerbini. En general, la industria extractiva, “aumenta el riesgo sobre defensoras y defensores del ambiente, la ocupación territorial y las afectaciones a los derechos de las comunidades aledañas a los proyectos”, manifestó Soledad García Muñoz, Relatora Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales de la CIDH. En suma, los representantes de organismos internacionales dieron cuenta de la inviabilidad del fracking en términos climáticos, sociales e incluso económicos: “Cuando se toman en cuenta los costos reales del fracking, queda en evidencia que estos superan largamente las pretendidas ganancias económicas”, enfatizó Orellana. Hicieron referencia a las obligaciones internacionales del Estado colombiano en materia de derechos humanos y cambio climático, contenidas en diversos instrumentos. Entre ellos citaron la Opinión Consultiva 23/17 sobre derechos humanos y ambiente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; la Observación General 36 sobre el derecho a la vida, contemplado en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; así como la Declaración Conjunta sobre Derechos Humanos y Cambio Climático que cinco órganos de derechos humanos emitieron en 2019. En la declaración se expresa que “la falta de adopción de medidas para prevenir los daños previsibles a los derechos humanos causados por el cambio climático, o de regular las actividades que contribuyen a tales daños, podría constituir una violación de las obligaciones de derechos humanos de los Estados”. La recomendación común: prohibir el fracking Al concluir sus intervenciones, las autoridades internacionales expresaron su apoyo a una ley que prohíba el fracking en todo el territorio nacional colombiano: David Boyd alegó que “para hacer frente a la crisis climática, Colombia debe buscar urgentemente un futuro bajo en carbono y resistente al clima, sustituyendo los combustibles fósiles por energías renovables a la luz de sus obligaciones en virtud del derecho constitucional, el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho al medioambiente sano”. Concluyó que “el gobierno de Colombia debe aprobar una ley para prohibir el fracking”. Marcos Orellana señaló que “el Congreso de la República de Colombia tiene la oportunidad de elevar su mirada hacia el futuro y preservar el legado de su megabiodiversidad”. En ese sentido, puntualizó: “la protección del derecho a vivir en un medio ambiente libre de tóxicos inspira mi respetuoso llamado a que el Congreso adopte una ley que prohíba el fracking”. Soledad Muñoz dijo que “la aprobación de un proyecto de ley cuyo propósito sería acabar con la exploración y explotación de los yacimientos no convencionales, prohibiendo prácticas como el fracking, supondría una valiosa medida de protección ambiental, reducción de conflictos socioambientales y de cumplimiento de los compromisos que emanan del Acuerdo de París y del propio Sistema Interamericano (de Derechos Humanos)”. Continuar basando las economías locales en la industria extractiva e impulsar el fracking sólo incrementa la dependencia de nuestras sociedades en los combustibles fósiles, y profundiza las causas de la crisis climática y sus daños en las personas más vulnerables.  

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Rumbo a la Cumbre de Líderes sobre el Clima: México apuesta por el combustóleo y el carbón

En México, el gobierno federal prioriza la generación de electricidad con combustóleo y carbón, que tienen graves impactos a la salud, el territorio y el medio ambiente. En los últimos años, diversos países del mundo han anunciado metas ambiciosas para alcanzar emisiones netas cero. En contraste, México disminuyó la ambición de su Contribución Nacionalmente Determinada. Una transición energética socialmente justa y sustentable es clave para acercarnos a cumplir nuestras metas climáticas y generar beneficios a la población.   El 22 de abril de 2021, cuando se celebra el Día de la Tierra, se llevará a cabo la Cumbre Virtual de Líderes sobre el Clima convocada por el Presidente de Estados Unidos, Joe Biden. Se espera la participación de 40 líderes mundiales de países que en conjunto emiten cerca del 80% de las emisiones globales de gases de efecto invernadero (GEI), y dentro de los cuales México ocupa el lugar 12 como país que mayores gases emite (1). El objetivo de esta cumbre de alto nivel es lograr establecer metas climáticas conjuntas más ambiciosas, alineadas con un incremento de temperatura por debajo de 2°C y con miras a limitarlo a 1.5°C para reducir el riesgo de los impactos asociados al calentamiento global y mitigar la catástrofe climática global. Se espera que los líderes anuncien mayores esfuerzos en mitigación y adaptación con acciones concretas como la descarbonización del sector energético y de la generación de electricidad. La sustitución del carbón y de combustibles fósiles altamente contaminantes, como el combustóleo y el gas natural, es un compromiso que muchos países han adoptado para acelerar la transición energética y el cumplimiento de sus metas climáticas plasmadas en el Acuerdo de París. Mientras tanto, contrario al objetivo de la cumbre, del Acuerdo de París y del marco legal mexicano en materia de cambio climático y energía, la actual política energética del gobierno federal mexicano agudiza las causas de la crisis climática y con ello vulnera diversos derechos humanos como la salud, al ambiente sano, la vida, entre otros, pues apuesta por la intensificación del uso de combustibles fósiles. Tan solo de 2001 a 2013, los afectados por los fenómenos climatológicos ascendieron a 2.5 millones de personas y los costos económicos sumaron más de 338 mil millones de pesos (2). La istración actual ha pedido a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) incrementar el uso de combustóleo y el consumo del carbón, a pesar de los gravísimos impactos sociales, económicos y ambientales asociados a dichos combustibles. Las personas que habitan en las poblaciones locales son quienes sufren directamente las consecuencias de una política energética basada en estos combustibles. El combustóleo libera a la atmósfera grandes cantidades de dióxido de azufre, que causa irritación en las vías respiratorias e inflamación en los pulmones, y de carbono negro, un contaminante climatico de vida corta (CCVC), que debido a su tamaño (cuarenta veces más pequeño que un grano de sal) (3), puede penetrar profundamente en los pulmones de las personas, causando una disminución de la función pulmonar y el desarrollo de enfermedades como el asma, especialmente en los niños y niñas (4). De igual manera, la combustión del carbón genera contaminantes tales como mercurio, plomo y dióxido de azufre. Además, el combustóleo y el carbón son causantes de muertes prematuras derivadas de la contaminación del agua y aire. De manera indirecta, toda la población sufrimos de los impactos negativos exponenciales del cambio climático en nuestros territorios. Las organizaciones firmantes buscamos que México tenga una política energética congruente con las necesidades ambientales y sociales, que promueva una transición energética justa y con enfoque de derechos humanos y tendiente a evitar un aumento superior a los 1.5°C, lo que permitirá mitigar los impactos negativos del cambio climático. Cabe mencionar que el mismo 22 de abril, gracias al arduo trabajo y esfuerzo colectivo de organizaciones de la sociedad civil y la población, entrará en vigor el Acuerdo Regional sobre el a la Información, la Participación Pública y el a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que garantiza el derecho humano a un medio ambiente sano a través del de la población a la participación, y a la justicia ambiental. De igual manera, desde 2017, el Estado mexicano forma parte de la Alianza para la Transición más allá del Carbón que plantea eliminar el carbón en la generación de electricidad antes de 2040, sin embargo, no ha dado pasos significativos ni concretos para cumplir con este compromiso, sino por el contrario las medidas y políticas adoptadas muestran incluso un retroceso en el tema. México tiene un rol fundamental dentro de la Cumbre, no sólo por los acuerdos adquiridos en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), sino también por la extensa red de tratados de libre comercio de México en materia laboral, derechos humanos y energía, que ha suscrito con otros países. La agenda bilateral se basa en la cooperación, la solidaridad internacional, la confianza y la atención a retos que trascienden los límites político-istrativos. Por ello, es importante que compartamos ambiciones climáticas y estrategias de mitigación y adaptación. Ambos países enfrentan problemas comunes tales como el incremento del flujo de migrantes climáticos, agudización de la sequía, mayor frecuencia y profundización de impactos por fenómenos hidrometeorológicos extremos, entre otros. Hacemos un enérgico llamado para que, durante la cumbre, México cumpla con sus obligaciones constitucionales de respetar los derechos humanos a la salud, a la participación y a un medio ambiente sano, tal como lo mandata la Constitución y observe con sus compromisos internacionales en materia de cambio climático. La transición energética en nuestro país debe ser justa y con enfoque de derechos humanos y por tanto, debe atender y mitigar los impactos locales negativos de la generación de energía eléctrica; garantizar un reparto justo de beneficios que reduzca las desigualdades; generar alternativas con tecnologías sustentables; y propiciar el diálogo y la participación de la población en la toma de decisiones en materia energética y ambiental. Es urgente que México defina una ruta clara y a corto plazo de sustitución del carbón y combustóleo con especial atención en el respeto a los derechos humanos de generaciones presentes y futuras y la generación de alternativas económicas verdes para las regiones impactadas. De igual manera, es fundamental que la CFE suspenda de manera inmediata el uso de estos combustibles en la generación de energía. (1) Climate Watch. 2019. Historical GHG Emissions. Disponible en: https://bit.ly/3x0qzdc (2) Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, Compromisos de mitigación y adaptación ante el cambio climático para el periodo 2020-2030, 2015, disponible en: https://bit.ly/3aeaFSR (3) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente-Instituto de Energía y Medio Ambiente, Contaminantes climáticos de vida corta, Una oportunidad para mejorar la calidad del aire y mitigar el cambio climático. El caso de Brasil, Chile y México, 2016, disponible en: https://bit.ly/2OQzAnQ (4) Von Schneidemesser, Erica, et al, “Black Carbon in Europe – Targeting an Air Pollutant and Climate Forcer”, IASS Policy Brief, 2017, p.4, disponible en: https://bit.ly/3gqDsrh os de prensa Adriana Alatorre, ICM, [email protected], 55 6676 6247   Denise Rojas, El Poder del Consumidor, [email protected], 55 1298 9928 Ricardo Ruiz, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, [email protected], 55 5964 4162 Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107 Organizaciones que conformamos el Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire (OCCA): Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Bicitekas, Centro de Energía Renovable y Calidad Ambiental, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, El Poder del Consumidor, Frente de Organizaciones de Transporte Colectivo y Alternativo, Fundación Tláloc, Greenpeace México, International Council on Clean Transportation, Iniciativa Climática de México, Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo capítulo México, Red por los Derechos de la Infancia en México, Redspira, Transita Seguro y Fondo Mundial para la Naturaleza  

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Quema de gas y crisis climática: Impactos de los mecheros y el rol de los tribunales para frenarlos

Mediante un diálogo de saberes, el objetivo de este seminario web fue ampliar el conocimiento que se tiene sobre la quema y venteo de gas en actividades petroleras, en los llamados mecheros.Se explicaron los impactos de la problemática en cuanto a la profundización de la crisis climática y la violación de derechos humanos de comunidades locales. Asimismo, se discutió el rol de los tribunales para frenar los daños y contribuir al logro de justicia climática. istas 1. Quema y venteo de gas en la Amazonía: Efectos locales y globalessco Facchinelli, Universidad de Padova (Italia).Massimo De Marchi, Universidad de Padova. 2. Cambio climático y derechos humanos: Impactos de la quema y venteo de gasDaniela García Aguirre, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). 3. El rol de los tribunales para frenar la quema y venteo de gas: Experiencias desde EcuadorJulio Prieto, abogado ecuatoriano especializado en Derecho Ambiental, derechos indígenas y derechos de la naturaleza.Moderó: Ivonne Yanez, Acción Ecológica. Grabación Presentaciones1. Presentación introductoria: 2. Presentación de Massimo De Marchi y sco Facchinelli, Universidad de Padova: 3. Presentación de Daniela García Aguirre, AIDA: 4. Presentación de Julio Prieto, abogado ecuatoriano especializado en Derecho Ambiental, derechos indígenas y derechos de la naturaleza: 

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Resumen GCF BM_nubes

Resumen de la 28a Reunión de la Junta Directiva del Fondo Verde del Clima

Marzo de 2021Del 16 al 19 de marzo de 2021, la Junta Directiva del Fondo Verde del Clima (FVC) tuvo su 28a reunión (B.28), siendo la tercera realizada de forma virtual.La Junta aprobó 15 propuestas de financiamiento por un total de 1.197 millones dólares, dos de las cuales se implementarán en Latinoamérica (en Cuba y México). La decisión sobre la acreditación de seis nuevas entidades fue pospuesta.Consulta y descarga el resumen 

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México: Organizaciones de la sociedad civil denuncian graves consecuencias de la “Ley Combustóleo”

El "madruguete" en el Senado para aprobar por mayoría los cambios a la Ley de la Industria Eléctrica viola derechos humanos y traerá graves daños a la salud, al ambiente y el incumplimiento de acuerdos internacionales.   Ciudad de México. Las organizaciones integrantes del Observatorio Ciudadano de la Calidad del Aire (OCCA) advirtieron que el madruguete realizado este martes por la mayoría del Senado de la República para aprobar los cambios a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), conocida como la “Ley Combustóleo” (por la preferencia de uso de este combustible que implica dicha modificación) no sólo implica violaciones al procedimiento legislativo, sino también a derechos humanos como el derecho de a la participación conforme al recién ratificado Acuerdo de Escazú, a la salud y al medio ambiente sano, sobre todo de los sectores más vulnerables como las niñas, niños y jóvenes, además de retrasar aún más el cumplimiento de México a los acuerdos internacionales en combate al cambio climático.   La Ley Combustóleo que aprobaron las y los Senadores en una sesión convocada de última hora este martes, se caracterizó por la ausencia de diálogo con expertos, jóvenes y sociedad civil, pues no se convocó al ejercicio de Parlamento Abierto. La Ley llevará a México a un mayor consumo de energías fósiles, como el carbón, el gas natural y el combustóleo para generar electricidad, que dañan de manera severa la salud de la población, el medio ambiente y compromete el futuro de la niñez en México, haciendo a un lado la transición energética justa y con enfoque de derechos humanos por la que nuestro país debería avanzar.   En términos de salud y sólo a manera de ejemplo, de acuerdo con el informe “Modelado de impactos transcuenca en escenarios de cambio de combustible para la generación de energía. Estudio de caso Termoeléctrica Francisco Pérez Ríos” elaborado por Adolfo Hernández-Moreno de la UAM, la contaminación por combustóleo, sólo de la termoeléctrica de Tula, sería responsable de 14 mil muertes prematuras en la ZMVM.   La termoeléctrica de Tula funciona con combustóleo y ese es precisamente uno de los combustibles fósiles que se alienta a partir de la reforma aprobada vía “fast track” por mayoría en el Senado, en tanto que se estigmatiza a las energías renovables, bajo el argumento de que han sido usadas por empresas particulares para defraudar al Estado.   Al respecto, en el OCCA coincidimos en el hecho de que el sector eléctrico es prioritario y estratégico para el desarrollo social. Por ese motivo, CFE podría y debería asumir un rol protagónico en la transición energética justa, renovable y con enfoque de derechos humanos que el país necesita y apuntalar hacia la soberanía energética desde un modelo que garantice el derecho a un medio ambiente sano a las generaciones futuras. Sin embargo, estas medidas lejos de fortalecer a la empresa paraestatal, la anclan a la dependencia de combustibles fósiles extranjeros como el gas y a tecnologías obsoletas como el combustóleo y el carbón, relegando tecnologías renovables bajo argumentos técnicos equivocados y señalamientos de corrupción que sin duda deben ser investigados y sancionados, pero no deben ser motivo para limitar la participación de las energías renovables en la matriz energética, porque esto implica graves daños a la salud y al medio ambiente.   El daño aún puede ser revertido. Es momento de priorizar nuestra salud, la niñez, la juventud y la agenda social. La única forma es garantizar el derecho a un medio ambiente sano y evitar la catástrofe climática, evitando una mayor penetración de fuentes contaminantes, como el combustóleo y el carbón. Para asegurar nuestro consumo energético y depender menos de la importación de combustibles, México debe incrementar sustantivamente la participación de las energías renovables, y el gobierno debe asumir esa responsabilidad de manera integral y sustentable, tal y como lo establece el artículo 25 de nuestra Constitución.   OS DE PRENSA Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107 Ricardo Ruiz Esparza Ortega, CEMDA, [email protected], 5559644162  

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El Estado mexicano y la falta de ambición de sus compromisos climáticos

Columna publicada originalmente en Animal Político Las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC por sus siglas en inglés) son el mecanismo a través del cual los países que integran el Acuerdo de París aportan al cumplimiento del objetivo del pacto global: mantener el aumento de la temperatura media del planeta por debajo de los 2°C. Las NDC de cada país condensan los compromisos nacionales de mitigación y adaptación ante la crisis climática, incluyendo los esfuerzos de reducción de emisiones. El Acuerdo de París establece que estos compromisos deben comunicarse ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) cada cinco años y que cada NDC sucesiva debe representar una progresión respecto de la anterior, reflejando la mayor ambición posible (artículo 3). Además, las NDC deben contener información suficiente sobre metas claras, transparentes y comprensibles (artículo 8, numeral 8). Y, en el caso de México, la Ley General de Cambio Climático (LGCC) considera a la NDC como uno de los instrumentos de planeación de la Política Nacional de Cambio Climático (artículo 58) y establece que esta debe observar, entre otros, el principio de progresividad, que implica que las metas establecidas deberán presentar una progresión y gradualidad a lo largo del tiempo (artículo 26, fracción XIII). En su más reciente actualización, la NDC de México no cumple con el nivel de ambición requerido por el Acuerdo de París y por la LGCC. Ambición bajo la lupa El Estado mexicano presentó su primera NDC en 2015. En ella, se comprometió de manera no condicionada —mediante recursos propios— a la reducción del 22% de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) y del 51% de las emisiones de carbono negro al año 2030. A finales de diciembre de 2020, México presentó su NDC actualizada, que debería ser más ambiciosa que la anterior. Sin embargo, el nuevo instrumento se limita a refrendar los compromisos de mitigación asumidos en 2015. Más aún, el escenario Business as usual (BAU) —un escenario tentativo en el cual no hay políticas de mitigación y que sirve de línea base para las acciones climáticas— fue ajustado al alza con un nivel total de emisiones para 2030 superior al indicado en la primera NDC. Así lo determinó el Climate Action Tracker (CAT), un análisis científico independiente que hace un seguimiento de la acción climática de los gobiernos y la compara con lo pactado mundialmente en el Acuerdo de París. De acuerdo con en el análisis CAT, “dado que la NDC se basa en un porcentaje de reducción por debajo de las proyecciones del BAU, un nivel de emisiones más alto en 2030 reduce efectivamente la ambición de mitigación del país, incluso si los objetivos de reducción se mantienen sin cambios”. Por su falta de ambición, la NDC actualizada de México fue catalogada como “altamente insuficiente” dentro del ranking del CAT. Ello significa que los compromisos adoptados por el país “no son en lo absoluto consistentes con mantener el calentamiento [global] por debajo de 2°C […]”, siendo en cambio “coherente con niveles de calentamiento de entre 3°C y 4°C”. Organismos internacionales como el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y la Comisión Europea han hecho hincapié en la necesidad de que México aumente su ambición de mitigación, sobre todo en el sector energético, aquel que contribuye más a la crisis climática y donde existen mayores oportunidades para reducir emisiones a corto y largo plazo. Pero la reciente NDC de México no establece acciones específicas en los sectores económicos clave para lograr las metas refrendadas, aunque señala que estas se desarrollarán en una hoja de ruta de implementación de la NDC que será presentada en el siguiente Informe Bienal de Actualización. En ese sentido, el instrumento carece de información suficiente para tener metas claras, transparentes y comprensibles. En cuanto al componente de adaptación, la NDC actualizada de México incluye soluciones climáticas basadas en la naturaleza. Sin embargo, la inclusión de ese tipo de acciones no es suficiente para tener el nivel de ambición requerido para enfrentar la crisis climática y cumplir con el objetivo del Acuerdo de París. Una vulneración al principio de progresividad A la luz de los hechos, la actualización de los compromisos climáticos de México incumple el nivel de ambición requerido por el Acuerdo de París y con ello el Estado mexicano desconoce también el principio de progresividad establecido en la LGCC ya que las metas establecidas no representan una progresión y gradualidad respecto a la primera NDC. Otros países de la región —entre ellos Argentina, Colombia, Costa Rica y Chile— han actualizado sus NDC mostrando una mayor ambición climática respecto de sus primeros compromisos. Aunque incluyen medidas susceptibles de mejora, su actuación demuestra la voluntad de seguir avanzando en cuanto a su contribución a la acción climática mundial. En ese contexto, el Estado mexicano está dejando atrás los avances y el liderazgo que años atrás tuvo en materia climática. Su falta de ambición demuestra indiferencia ante la crisis climática y a sus impactos en los derechos humanos de las personas más vulnerables. México debe asumir su responsabilidad, aquella que viene de estar en la lista de los 20 emisores más grandes del mundo. Debe adoptar compromisos de mitigación y adaptación compatibles con la meta mundial de evitar que el calentamiento del planeta llegue a un punto en el que las consecuencias sean catastróficas.  

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